lunes, 30 de enero de 2023

Cuál es la diferencia entre la jornada laboral y el horario y qué implicaciones tiene


El horario, que es el tiempo en el que el trabajador cumple con su jornada laboral, puede ser modificado por los empleadores

Frecuentemente las personas usan los términos horario y jornada laboral como sinónimos intercambiables, sin embargo, se trata de dos conceptos diferentes, con las implicaciones que ello tiene.

La jornada laboral es el periodo tiempo que acuerdan las partes -empleador y trabajador- para que este último desarrolle las funciones para las que fue contratado. Así, la jornada es la que pacten las dos partes en el contrato y, cuando no hay un acuerdo expreso, se entenderá que es la máxima legal, que no puede superar las 48 horas semanales.


El horario, en cambio, es el tiempo en el que el trabajador cumple con su jornada laboral. Podría parecer lo mismo, por lo que es más sencillo entenderlo con un ejemplo. Su jornada puede ser de 40 horas a la semana, distribuidas en cinco días; su horario, en ese caso, podría cumplirse de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., o entre 6:00 a.m. y 2:00 p.m.

Para el abogado Laboral Juan Daniel Valencia, socio de Gómez Valencia Abogados, la jordana laboral debe, "estar dividida en 2 secciones con lapsos de descanso que se adaptan a la naturaleza de la labor que desempeña el trabajador, los cuales no se computan dentro de la jornada, salvo que se pacte en contrario". Además agregó que se debe llegar a un acuerdo o convenio entre las dos parte.

Entonces, mientras la jornada es fija, en cuanto fue pactada en un contrato, el horario se puede modificar, estableciendo, por ejemplo, turnos rotativos de entrada y salida. Además, "las horas de trabajo durante cada jornada deben distribuirse al menos en dos secciones, con un intermedio de descanso que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores. El tiempo de este descanso no se computa en la jornada", agrega el Código Sustantivo del Trabajo.

Cuando los empleados excedan su horario, es decir, trabajen más allá de la hora de salida estipulada, tendrán derecho a que se les paguen las labores en tiempo suplementario, que se remuneran de la siguiente manera: el trabajo nocturno tiene un recargo de 35% sobre el valor de la hora ordinaria; el extra diurno, de 25%; y el extra nocturno, de 75%.

Esa diferencia, aunque parezca un tecnicismo, es fundamental, porque de ella se desprenden las posibilidades que tienen los empleadores para modificar las figuras. En ese sentido, la jornada solamente podrá ser modificada por mutuo acuerdo entre las partes, lo que implica que el trabajador tiene que estar de acuerdo al momento de suscribir la modificación. En cambio, el empleador tiene la facultad de modificar los horarios de trabajo en función de las necesidades de la compañía.

viernes, 27 de enero de 2023

Por qué aún después de morir las personas continúan pagando varios impuestos?



La sucesión ilíquida es la figura que atiende esta problemática, en la cual los herederos deberán solicitar la partición de bienes de la herencia

Como en muchos escenarios, el fallecimiento de una persona también cuenta con varias implicaciones legales que deben ser tenidas en cuenta. Por ejemplo, las herencias o sucesiones, y más aún, las sucesiones ilíquidas, una figura que, entre otras cosas, debe responder a varias obligaciones, como el pago de impuestos. Pero, ¿qué es una sucesión ilíquida?

Esta sucesión, como su nombre lo indica, es aquella que no se ha liquidado y por esta razón no se han asignado los bienes y derechos del causante a los herederos que, por derecho, van a recibir la herencia. Esto quiere decir que, tras el fallecimiento, y mientras no se haya realizado la partición, los bienes de esa persona siguen estando a su nombre, dejando como resultado una sucesión ilíquida. Este estatus se mantendrá hasta tanto se liquide esa sucesión y se realice la repartición de los bienes entre los herederos legitimados, bien sea por ley o por vía de testamento.


MARÍA ALEJANDRA BUITRAGODIRECTORA DEL ÁREA DE TRIBUTARIO DE DLA PIPER MARTÍNEZ BELTRÁN

“Cuando una persona fallece, cesa su existencia, más no sus bienes. Estos se convierten en una masa de activos y pasivos que existen hasta que son repartidos”.


PABLO MENDOZASOCIO FUNDADOR DE LIMINAL LAW

“El Estatuto Tributario establece varios eventos en los cuales el patrimonio de alguien que fallece puede estar exento de impuestos como la ganancia ocasional”.

Para evitar que una sucesión adquiera calidad de iliquidez, es importante que se lleve a cabo el proceso de partición de la herencia, el cual determinará el patrimonio respecto a los herederos que pueden ser los legitimarios y los legatarios que el causante haya favorecido mediante testamento. Este proceso podrá ser adelantado ante un notario público, siempre y cuando todos los herederos estén de acuerdo. En caso de no estarlo, la partición deberá realizarse ante un juez, quien podrá definir los derechos de cada heredero de acuerdo a lo que se acredite en el proceso judicial. No obstante, si por alguna razón este proceso no se adelanta, la sucesión ilíquida deberá ser reclamada por los herederos legítimos.

“Cuando una persona fallece, cesa su existencia, más no sus bienes. Estos se convierten en una masa de activos y pasivos que existen hasta que son repartidos a los herederos. Mientras no existe una partición de la herencia, esa masa funciona como una suerte de patrimonio independiente de los herederos. Por más que sea un patrimonio independiente, no es que pueda adquirir derechos y obligaciones, pero para efectos fiscales, la norma hace una ficción legal para entender que esa masa de bienes continúa existiendo como un contribuyente hasta que se haga la partición”, explicó María Alejandra Buitrago, directora del área de Tributario de DLA Piper Martínez Beltrán.




Esto sucede porque, según confirmó Buitrago, el causante, quien era dueño del patrimonio falleció, pero lo continúan sus bienes, los cuales van a generar una cantidad de obligaciones. “De acuerdo con el Estatuto Tributario, una vez fallece la persona, se constituye su masa de bienes, que va a estar identificada con el mismo NIT que tenía el causante. A su vez, va a seguir cumpliendo obligaciones, hasta que por notaria o por sentencia de un juzgado se asignen esos activos y pasivos a los herederos. Una vez se haga la partición, deja de existir la sucesión ilíquida y esos activos pasan a generar impuestos en cabeza de los herederos”, añadió.

Estas obligaciones tributarias que debe cumplir la sucesión ilíquida se generan en razón del patrimonio. Por ejemplo, si esta sucesión continúa generando ingresos, como el caso de un establecimiento de comercio, se deberán cumplir con las obligaciones derivadas de dicha operación. Por lo tanto, la presentación de las declaraciones de IVA, retención, renta, reporte de información exógena, entre otras, serán los puntos imperativos que deberá asumir esa sucesión. De igual manera, la sucesión debe cumplir con las obligaciones tributarias que hayan quedado pendientes luego del fallecimiento del contribuyente. Esto, porque al igual que el NIT, el RUT de la persona fallecida sigue vigente hasta tanto no se formalice la liquidación de la sucesión. “Es responsabilidad de los herederos actualizar el RUT de la persona fallecida para que los bienes puedan ser trasladados y la sucesión ilíquida desaparezca”, dijo Buitrago.

Respecto a los tiempos, dice la abogada, se debe seguir un proceso denominado ‘delación de la herencia’, el cual consiste en la aceptación o negación de dicha herencia por parte de los herederos. Con base en ello, los términos pueden cambiar. “Si una persona fallece y los herederos inician el proceso de sucesión, el contribuyente por sucesión ilíquida va a existir hasta que termine ese proceso de sucesión, lo cual puede tardar entre tres meses hasta lo máximo que puede durar un proceso, que podrían ser 15 años, sobre todo cuando hay pleitos en el juzgado, como hijos no reconocidos”, dijo.

Pero, ¿qué pasaría si ninguno de los herederos inicia el proceso de sucesión? De acuerdo con lo explicado por Buitrago, si no se reclama la herencia, entra a jugar la figura de la herencia yacente o vacante, la cual busca que esa sucesión sea asumida por el Estado.

“Para que esto se pueda efectuar, se debe llevar a cabo un proceso en el cual se determine que nadie reclame la herencia y que un juez civil la declare como vacante, para que el Estado pueda asumirla” concluyó.

lunes, 23 de enero de 2023

Es obligatorio subir los sueldos a los trabajadores que ganan más del salario mínimo?



Aunque la ley no lo establece de manera explícita, quienes devengan más del mínimo tienen derecho a un ajuste equivalente al IPC

El aumento de la inflación, que en agosto llegó a 10,84% registrando el nivel más alto desde abril de 1999, tiene haciendo cuentas a varios. No solo por los incrementos que ello supone en los costos de operación en todos los sectores productivos, sino también porque ese indicador es el punto de partida de la discusión del salario mínimo y marca la pauta de cuánto deberán subir los sueldos el próximo año.

Es claro que, para los trabajadores que devenguen el mínimo, los empleadores deberán ajustar el sueldo al que fije el gobierno nacional por decreto. Pero, ¿es obligación aumentar a quienes ganen más de eso?


En la legislación no hay una obligación explícita de subir los salarios, sin embargo, se ha impuesto como costumbre la doctrina de la Corte Constitucional, que estableció que es obligatorio ajustar anualmente los valores con base en el IPC, para compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores por cuenta de la inflación.

“De otra forma se configuraría un enriquecimiento sin causa para el empleador, quien pagaría menos por el mismo objeto del contrato de trabajo en una economía inflacionaria como la nuestra”, dijo Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.

Como se mencionó, esa es la doctrina que se ha impuesto, sin embargo, está también la que ha proferido la Corte Suprema de Justicia, que es más conservadora y ha establecido que el incremento debe aplicarse solamente a quienes ganan el mínimo.

“La Suprema tiene una tesis menos progresista que apunta que el aumento es una prerrogativa exclusiva de quienes devengan el salario mínimo, pero normalmente, cuando se enfrentan las dos cortes, termina imponiéndose el criterio de la Constitucional”, explicó Carlos Hernán Godoy, socio de Godoy Córdoba.



Habiendo establecido que a los trabajadores del mínimo se les hace el ajuste decretado, y a los demás el equivalente al IPC al cierre del año, surgen varios escenarios a analizar.

Quienes ganan un poco más del mínimo y, con el aumento del IPC quedarían por debajo del piso fijado por el gobierno, deberán recibir, en todo caso, un ajuste que los nivele para que no queden por debajo de lo legal.
Por ejemplo, si un trabajador gana este año $1,1 millones y la inflación cierra en 12%, su aumento sería de $132.000, con lo que el total quedaría en $1,23 millones. Sin embargo, si el gobierno fijara el mínimo en $1,3 millones, el empleador deberá ajustar el monto para que no quede por debajo.

Otra consideración tiene que ver con los salarios mínimos integrales, que equivalen a 13 mesadas básicas. Al ser esa la medida, quienes tengan ese sueldo recibirán el aumento decretado por el gobierno nacional.

“Cuando el salario integral es superior a esos 13 mínimos, los aumentos se deben regir por la misma norma que cobija a los otros casos y el mismo principio de movilidad, porque la Corte Constitucional no hizo distinción al respecto y ha dicho que no importa tanto el monto, sino la relación de equidad que debe haber entre el cargo y el salario a partir del acuerdo inicial de remuneración”, aclaró Godoy.


IVÁN JARAMILLODIR. OBSERVATORIO LABORAL U. ROSARIO

“Para quienes ganan más del mínimo es obligatorio ajustar anualmente el valor con base en el IPC, de lo contrario se configuraría un enriquecimiento sin causa para el empleador”.


CARLOS HERNÁN GODOYSOCIO DE GODOY CÓRDOBA

“Cuando el salario integral es superior a los 13 mínimos, los aumentos se deben regir por la misma norma que cobija a los otros casos y el mismo principio de movilidad”.

Lo anterior es válido también para los trabajadores de medio tiempo o quienes trabajan por días, como sucede frecuentemente con el servicio doméstico. Por ejemplo, si a un jardinero se le paga solamente dos días a la semana, deberá dividirse el mínimo fijado entre 30 para calcular el nuevo valor diario y, con base en esa cifra, calcular el jornal a pagar.

¿Qué pasa si un trabajador no recibe su ajuste salarial? Hay dos escenarios. “En materia de aumentos y ajustes el Ministerio del Trabajo, por conducto de inspección, vigilancia y control, puede imponer multas de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, explicó Jaramillo.

Adicionalmente, y más allá de la actuación de la cartera, las empresas que no suban los sueldos se enfrenta a la contingencia de que, cuando el trabajador se retire o tenga algún problema, reclame a través de una demanda laboral.

“Respecto de la declaratoria de derechos y reliquidación de acreencias laborales, los jueces laborales del circuito pueden ordenar la reliquidacion y sanción moratoria si hay lugar a ello”, concluyó Jaramillo.

viernes, 20 de enero de 2023

Cuál es el plazo máximo y los requisitos para cambiar de un régimen pensional a otro



Quienes quieran trasladarse de un sistema al otro deben recibir la doble asesoría y estar, al menos, a 10 años de la edad de pensión

Aunque no es un tema prioritario cuando los jóvenes inician su vida laboral, la decisión sobre el sistema pensional es determinante, pues de ello dependen las condiciones en las que cada uno se retirará. Por eso, es importante conocer las diferencias entre los dos regímenes que hay y qué condiciones hay para cambiarse.

En el sistema público, administrado por Colpensiones en el denominado Régimen de Prima Media, los recursos de los cotizantes van a un fondo común que financia las mesadas de quienes cumplen los requisitos. Estos son dos: haber cotizado al menos 1.300 semanas, es decir, unos 25 años; y cumplir con la edad estipulada, de 62 años, en el caso de los hombres, y 57 años, para las mujeres.

La otra alternativa es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais), administrado por los fondos de pensiones privados, que invierten los aportes de sus afiliados para que generen una rentabilidad para que, cuando llegue la edad de jubilación, cada uno reciba el dinero que aportó, a manera de ahorro, sumado a los rendimientos que generó.

En este sistema, el único requisito para tener una mesada es tener en la cuenta individual un capital suficiente para financiar una pensión equivalente a 110% del salario mínimo. En caso de que no se logre esa meta, los afiliados podrán acceder a la garantía de pensión mínima, siempre que cumplan dos requisitos: tener la edad de jubilación, que es la misma del sistema público; y haber cotizado al menos 1.150 semanas.

Requisitos para cambiar de régimen

Ahora, para cambiarse de un sistema a otro, los afiliados deben haber cotizado al menos cinco años en uno de los regímenes. Quienes buscan pasar del sistema privado a Colpensiones, pueden sumar ese tiempo en varios fondos: por ejemplo, habiendo cotizado tres años en una AFP y dos años en otra.

Además, quienes quieran cambiar de fondo deberán recibir la doble asesoría, es decir, consultar su caso en los dos fondos; y estar a más de 10 años de la edad de pensión, a saber, 47 años para las mujeres y 52 años para los hombres.

Cumplidos esos requisitos, los afiliados simplemente deben radicar el formulario de traslado de régimen, junto con su documento de identidad, y el trámite incluso puede hacerse de manera digital. El cambio se hace efectivo el primer día del segundo mes después de la fecha de la solicitud.

Bono pensional

Quienes se trasladan de Colpensiones a un fondo privado tienen derecho al bono pensional, un título valor que representa los aportes que el afiliado realizó hasta el momento del cambio y que sirve para aumentar el capital en la Cuenta de Ahorro Individual. Tienen derecho al bono quienes hayan cotizado al menos 150 semanas en el RPM antes del traslado.

lunes, 16 de enero de 2023

Qué son y cómo se pueden identificar los contratos de trabajo de realidad en el país?


Esta figura jurídica tiene como principal objetivo declarar un contrato de trabajo camuflado bajo los elementos de la prestación de servicios

El tema laboral no ha dejado de ser uno de los principales focos de atención de la opinión pública a causa de la reforma que se espera sea tramitada el próximo año y, mientras eso pasa, temas como la eliminación gradual de los contratos por prestación de servicios siguen siendo un tema clave. Por ello, la figura del contrato de realidad se presenta como una alternativa que podría resolver los problemas derivados de este modelo de contratación. Pero, ¿en qué consiste este tipo de contrato?

El contrato de realidad es una figura jurídica mediante la cual se busca que un juez declare la existencia de un contrato laboral entre empleador y trabajador. Esto se da, entre otras razones, porque en algunas ocasiones los empleadores, con el fin de ahorrar costos, acuden al contrato de prestación de servicios pese a que en la realidad se presentan los elementos de un contrato de trabajo.


IVÁN JARAMILLODIRECTOR DEL OBSERVATORIO LABORAL DE U. ROSARIO


“Es deseable que se pueda seguir y pavimentar la ruta sobre la orden constitucional C-614 de 2009 y sobre la prevalencia del principio de primacía de realidad”.

KARLA ESCOBARSOCIA EN CÁEZ MUÑOZ MEJÍA

“Si la realidad en las entidades es que hay personas que están por prestación de servicios, cuando en realidad son trabajadores vinculados, podrán demandar”.

Aunque esta problemática viene de tiempo atrás, al igual que la figura del contrato de realidad, el Código Sustantivo del Trabajo (CST) expone los elementos esenciales que constituyen un contrato de trabajo, elementos que también son un factor diferencial entre esta modalidad de contratación y la prestación de servicios.

En su artículo 23, el CST señala que para que sea llevado a cabo un contrato de trabajo la actividad debe ser realizada de manera personal por el trabajador; debe existir una subordinación permanente por parte del empleador (como la imposición de horarios, por ejemplo); un salario como retribución al servicio personal prestado, entre otros aspectos que dejan ver la subordinación como principal elemento de este modelo contractual.


Ahora, respecto al contrato por prestación de servicios, el trabajador es contratado para prestar un servicio determinado a cambio de una remuneración, más conocida como honorarios, y podrá ser acordado de forma escrita o verbal. Al tratarse de una relación civil, más no laboral, todo debe ser pactado a voluntad de las partes, al tiempo que los contratistas deberán hacerse cargo de sus aportes a pensión y salud.

Federico Bernal, socio de Godoy Córdoba, señaló que este tipo de contrato, además de ser civil, puede contar con características comerciales, y no está regulado específicamente en la ley, a pesar de contar con un aval constitucional, pues ni en el Código Civil, así como tampoco en el Código de Comercio, existen artículos regulatorios que se centren en esta modalidad de contratación.

Por su parte, Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, explicó que la existencia de este modelo de contratación cuenta con problemáticas tanto en el sector público como en el privado.

“La evidencia muestra que la contratación por prestación de servicios es uno de los grandes temas de lo que se denomina riesgo jurídico para el Estado y la práctica de acudir a este tipo de contratación cuando hay subordinación da lugar a un mayor escenario de conflictividad con el Estado”, dijo.

Jaramillo, además, añadió que en lugar de cambiar la ley, el discurso debe centrarse en acoger el principio de la realidad y ”hacer un correcto a ajuste a la utilización de esta modalidad, que es jurídica y constitucionalmente admisible para evitar que no se le reconozca a los trabajadores los pagos que les deben ser efectuados en un contrato de trabajo”.

Tal como su nombre lo dice, su declaración se basa en la realidad sobre las formas, es decir, la denominación del contrato firmado por las partes no tiene relevancia ante el juez, si en el estudio de este se determina que se presentaron los elementos que dan lugar a la configuración de un contrato laboral. Este estudio se produce en principio por cuenta de las denuncias realizadas por los trabajadores respecto a estas vulneraciones, quejas que podrán interponerse ante el Ministerio de Trabajo.

El trabajador que alegue un contrato de realidad deberá probar al menos dos elementos que den cuenta de que sus labores corresponden a un contrato laboral; la presentación personal del servicio y los extremos temporales de la relación contractual. Una vez este proceso haya sido adelantado y presentado ante el juez, este podrá declarar la existencia del contrato de realidad, que para la ley significa que ese contrato ya expirado fue en realidad un contrato de trabajo, por lo tanto, se le adeudan al trabajador todos los conceptos derivados de ese contrato como son prestaciones sociales y las indemnizaciones correspondientes.

“Si la realidad en todas las entidades es que hay personas que están por contrato de prestación de servicios, cuando en realidad son trabajadores vinculados, podrán demandar y ser catalogados como empleados en sus respectivas empresas”, apuntó Karla Escobar, socia de Cáez Muñoz Mejía.

Cabe recordar que, a finales del año pasado, la Nación tenía 7.201 procesos judiciales activos por configuración de contrato de realidad, por una cuantía de $968.000 millones. Esto, en adición a los 9.092 ya terminados, que dejaron un saldo de $64.000 millones en condenas, según datos de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje).

De acuerdo con el análisis, el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) es la entidad que más procesos agrupa, con 1.237 casos con pretensiones por $216.919 millones, seguido del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), que cuenta con pretensiones que ascienden a $99.922 millones, producto de 942 procesos adelantados.

viernes, 13 de enero de 2023

Por qué puntos deben responder las constructoras cuando entregan proyectos




Se deberá mantener una garantía que, según el artículo 2060 del Código Civil, será de 10 años en caso de que se den daños estructurales

La adquisición de nuevas viviendas viene acompañada de diferentes responsabilidades legales que, tanto compradores como constructores, deben tener siempre en el radar. Principalmente, respecto a los constructores existen varios puntos de los cuales deberán encargarse, otorgando una garantía de 10 años, según especifica el Código Civil.

Después de la entrega de un proyecto, bien sea de vivienda o cualquier otro inmueble, los constructores deberán asumir su responsabilidad frente a varios criterios de la obra, por ejemplo, los daños o riesgos estructurales de la edificación y el suelo bajo el cual fue construido.


NATALIA GAVIRIASOCIA DE CMM


“Siempre en el mercado inmobiliario hay buenas oportunidades de inversión y en eso los fondos son expertos, entonces lo que vemos es expectativa de la tributaria”.

JOSÉ SEBASTIÁN CÁCERESSOCIO FUNDADOR DE ALTANO CONSULTORES

“Aunque la ley no define los vicios de construcción, hay jurisprudencia al respecto, pues hay casos donde se han entregado proyectos donde se reciben con alteraciones”.

De acuerdo con los establecido en el Código Civil, en su artículo 2060, “si el edificio perece o amenaza ruina, en todo o parte, en los 10 años subsiguientes a su entrega, por vicio de la construcción, o por vicio del suelo que el empresario o las personas empleadas por él hayan debido conocer en razón de su oficio, o por vicio de los materiales, será responsable el empresario”.

José Sebastián Cáceres, socio fundador de Altano Consultores, aseguró que las responsabilidades del constructor se verán enmarcadas ante el riesgo de ruina, que no necesariamente traduce una catástrofe de caída, como ha sucedido en algunas ocasiones, sino que la definición se acerca, más bien, a analizar si ese inmueble es habitable o no en razón del riesgo que pueda presentar.




“La ley no establece una definición concreta sobre presentar ruina o amenazar ruina. Hay un desarrollo jurisprudencial sobre esto, pues la ruina o la amenaza de ruina se entienden como aquellas situaciones que comprometen la habitabilidad del edificio”, añadió.

De igual manera, explicó, las constructoras deben ser responsables de garantizar que cada obra cuente con unos estándares mínimos. Cáceres calificó estas obligaciones en dos puntos diferentes: derechos del consumidor y la garantía que otorga el Código Civil.

“Se habla de dos tipos de responsabilidad para los constructores y dos dimensiones distintas de esta. Una es respecto a los acabados de los inmuebles y otra respecto de la estructura de la edificación. Sobre el tema de los acabados, la ley dice que la persona que adquiere un inmueble, tiene la ventana de un año para hacer una reclamación únicamente respecto a los acabados del inmueble”, agregó el abogado.

En cuanto a los temas de estructura, Cáceres explicó que la ley (artículo 2060 del Código Civil) regula una “garantía decenal”, es decir 10 años, cuando el constructor es responsable de tres condiciones que se presentan ante la entrega de un proyecto: vicios de la construcción, características del suelo y vicios propios de los materiales que se utilizaron en la construcción de determinada obra.

“Aunque la ley no defina los vicios de construcción, hay jurisprudencia al respecto, y corresponde a todas esas cosas que hacen que, en el momento en que se construye no se reciba un producto como se debió haber recibido. Por ejemplo, si el constructor se equivoca en el diseño de las columnas o se ponen menos varillas de las que eran necesarias”, apuntó.

Respecto a los suelos, el constructor debe conocer (o debía conocer) los elementos propios del suelo donde inicio la obra. En caso de presentarse daños en las edificaciones producto de una estabilidad defectuosa por cuenta de los suelos, será el constructor quien deba pagar por los daños.

“El constructor debe saber que está construyendo sobre un suelo que es muy blando y debe adecuar la edificación a ello. Si el edificio está diseñado sobre unas bases de suelo rocoso y se construye sobre suelo blando, se van a presentar problemas estructurales. Esto es responsabilidad plena del constructor, pues se necesitaba un estudio para demostrar el suelo adecuado, y esto deja ver que los estudios fueron irregulares o no se hicieron”, dijo.

Otro de los puntos que serán responsabilidad de las constructoras será asumir los daños estructurales por causa de los materiales utilizados durante la obra. Por ejemplo, dice Cáceres, existen casos en los cuales el constructor debía utilizar cierto tipo cemento para evitar problemas de infraestructura y, sin embargo, se utilizaron otros materiales.

“La ley distingue el uso de materiales provistos por el dueño de la obra o no provistos. Por ejemplo, una persona contrata una constructora para ejecutar un proyecto y sugiere unos materiales que son utilizados para la obra. Si se presentan daños en la edificación por el uso de esos materiales, la persona no podrá reclamar a la constructora, pues el proyecto fue construido con base en sus materiales. No obstante, esto no es común en las construcciones de viviendas y oficinas, que es donde más se presentan problemas respecto a los materiales ”, explicó.

Existen otras responsabilidades que deberán correr por cuenta de las constructoras, principalmente respecto a las zonas comunes, en caso de las viviendas. Estas deberán ser entregadas tal cual fueron presentadas. En caso de no hacerlo, o en caso de presentarse problemas estructurales, como se mencionó anteriormente, los habitantes de la residencia podrán realizar una acción de responsabilidad civil para que se reconozcan las obligaciones del constructor o, por otra parte, iniciar un proceso en la Superintendencia de Industria y Comercio, que también tiene jurisdicción. Así, las constructoras deberán llevar varias responsabilidades en sus hombros para evitar cualquier pleito jurídico.


lunes, 9 de enero de 2023

6 herramientas digitales básicas y avanzadas para firmas de abogados

La mayoría de las firmas de abogados tienen el reto de mejorar al máximo sus operaciones jurídicas, administrativas y comerciales. Para superar dicho reto y no morir en el intento, es necesario implementar herramientas digitales que bien pueden ser básicas o avanzadas para la gestión de la firma.

En el presente artículo se describen tres de las herramientas digitales básicas mejor valoradas y tres de las avanzadas. Sin embargo, también se puede consultar este comparador de herramientas de legaltech si se quiere tener una visión más global sobre otro tipo de programas.

3 herramientas digitales avanzadas para firmas de abogados

Las herramientas digitales avanzadas son aquellas de última generación que utilizan algoritmos y técnicas de big data e inteligencia artificial para ejecutar tareas especializadas y exigentes, con un alto nivel de rendimiento y que no pueden ser llevadas a cabo por otros tipos de software menos sofisticados.

Entre este tipo de herramientas digitales destacan las siguientes:Jurimetría

Jurimetría es una de las herramientas digitales desarrolladas por la compañía de referencia mundial Wolters Kluwer. Se trata de un software que cumple funciones de análisis inteligentes mediante tecnologías de big data, natural language processing (NLP) y machine learning. Estas tecnologías le permiten al software procesar y analizar millones de resoluciones legales de forma muy precisa.

De hecho, Jurimetría destaca entre otras herramientas digitales debido a su función de analítica jurisprudencial predictiva, la cual sirve de apoyo para la toma de decisiones jurídicas y para el perfeccionamiento de las estrategias procesales.Aranzadi Fusión


Otra de las herramientas digitales avanzadas es Aranzadi Fusión, creada por el gigante de la comunicación Thomson Reuters. Este sistema utiliza algoritmos de machine learning para facilitarles a las firmas de abogados la gestión automatizada de todo tipo de documentos jurídicos, incluso cuando el volumen de estos es enorme.

En este sentido, Aranzadi Fusión se especializa tanto en el control de grandes cantidades de expedientes, como en la búsqueda profunda y la localización de la información más relevante para cada proyecto legal en desarrollo.Tirant Analytics


Dentro de las herramientas digitales enfocadas a la analítica inteligente, se encuentra Tirant Analytics. Este software se apoya de múltiples recursos avanzados para ofrecerles a los juristas un análisis de cada posible resultado en un litigio, y una predicción bastante precisa del desenlace final del juicio.

Para lograrlo, Tirant Analytics utiliza mecanismos de big data e inteligencia artificial para analizar jurisprudencias, bases de datos y textos jurídicos de todo tipo. Con base en dicho análisis, la herramienta arroja gráficos interactivos, árboles de decisiones y conexiones dinámicas entre documentos para hallar y mostrar la jurisprudencia y la legislación más aplicada o más citada en distintos tribunales.
3 herramientas digitales básicas para firmas de abogados

Las herramientas digitales básicas son aquellas que cumplen funciones de digitalización y de automatización, así como de análisis de business intelligence, pero cuyas capacidades no son tan sofisticadas como las que se basan en inteligencia artificial.

La ventaja de este tipo de herramientas online es que aportan grandes niveles de optimización en actividades y procesos rutinarios, repetitivos y elementales, que por lo general suelen exigirles a los abogados la inversión de muchas horas de trabajo que, idealmente, deberían ser destinadas a labores más importantes y productivas.

Otras ventajas de las herramientas digitales básicas son sus costos muy asequibles y sus fáciles implementaciones.

A continuación, algunas de las mejor valoradas en el mercado:NetDocuments


NetDocuments es un DMS (document management system) que se puede utilizar en empresas de cualquier tipo, pero se ha vuelto muy popular entre las firmas de abogados de todo el mundo debido a que tiene características muy útiles para el sector legal. Por ejemplo, gracias a este programa las firmas pueden:Mantener organizada y accesible toda su información jurídica, tanto por clientes como por proyectos.
Agilizar la búsqueda y la localización de cualquier documento o texto relevante, sin necesidad de buscar manualmente entre grandes repositorios de archivos.
Compartir los documentos en tiempo real con clientes y otros abogados, para modificarlos de manera colaborativa.

Este tipo de funciones hace que NetDocuments sea una de las herramientas digitales básicas más fundamentales para las firmas que necesitan optimizar al máximo su gestión de documentos.CaseTracking


CaseTracking es una de las pocas herramientas digitales que permiten la gestión de causas jurídicas de forma remota. Este programa, basado en la cloud computing, se conecta y se sincroniza vía online con las páginas de los Poderes Judiciales de distintos países. De esta manera, los abogados pueden controlar, supervisar y gestionar al 100% sus causas a través de internet.

Además, los letrados también pueden:Mantenerse informados de cualquier actualización en las causas, a través de una serie de notificaciones y alarmas.
Coordinar flujos de trabajo de manera digital y que involucren la participación de otros integrantes, como socios, más abogados y clientes.
Programar audiencias y actividades, y configurar sus respectivos recordatorios.
Gestionar toda la cartera de clientes y de sus casos jurídicos.
Acceder a diversos reportings analíticos sobre los procesos legales o el negocio de la firma.TimeBillingX


TimeBillingX es una de las herramientas digitales más utilizadas por las firmas de abogados en América Latina. Se trata de una plataforma que automatiza todo el proceso de facturación electrónica y de cobros masivos a clientes. Lo interesante es que, precisamente, las actividades de facturación y de cobro son las que más hacen que los abogados sean improductivos, pues su realización manual suele ser muy lenta e imprecisa, exigiendo la dedicación de varias horas de trabajo al día.

Por tanto, al utilizar TimeBillingX, los abogados logran multiplicar sus niveles de productividad y reducir los márgenes de error. En consecuencia, la rentabilidad de las firmas también aumenta.

Otras funciones que ofrece este programa son:Análisis de business intelligence sobre el rendimiento de cada abogado.
Análisis sobre los niveles de rentabilidad de cada cliente.
Registro automatizado de horas laboradas por abogados, clientes y/o proyectos.

CaseTracking y TimeBillingX son herramientas digitales desarrolladas por Lemontech, empresa que es proveedora de nuevas tecnologías para más de 1.200 firmas de abogados y que forma parte del Grupo Accel-KKR.

Gracias a sus potentes funciones de automatización, ambas herramientas son fundamentales para todo tipo de firmas que deseen aumentar sus niveles de productividad, tanto en las áreas netamente jurídicas como en aquellas de carácter administrativo.

viernes, 6 de enero de 2023

"Muchas empresas, cuando demandan, no saben que en un litigio tienen un activo"



Fundadores de Qanlex, Fernando Folgueiro y Yago Zavalía Gahan, explican cómo funciona la herramienta tecnológica Case Miner

Qanlex, un fondo dedicado a la financiación de litigios, recibió recientemente una inversión de US$3 millones para fortalecer su desarrollo tecnológico. Sus fundadores, Fernando Folgueiro y Yago Zavalía Gahan, explicaron cómo funciona su herramienta Case Miner para encontrar demandas y las razones por las que esta práctica, aunque incipiente en la región, es una forma de financiación alternativa para las empresas.

¿Cómo es el modelo de financiación de litigios?

FF: Este es un modelo muy desarrollado en el derecho anglosajón, donde ha crecido 1.000 en los últimos siete años. En el derecho continental, que es el predominante en América Latina, hasta ahora está llegando, y lo estamos trayendo a la región. Colombia es uno de los países target porque somos los primeros jugadores y todo es incipiente, entonces vemos un gran potencial.

¿Cuáles son los retos de traer ese modelo a un mercado tan incipiente como este?

YZG: Evangelizar el mercado y enseñarles a los clientes que pueden recibir este tipo de financiación, explicarles cómo es el proceso y acompañarlos para que entiendan que en un litigio tienen un activo, porque muchas empresas, cuando demandan, no saben que pueden recibir financiación por eso.

FF: Esto es básicamente una sesión de derechos litigiosos, regulado en todos los ordenamientos jurídicos, y solamente cobramos un resultado cuando hay un resultado positivo; si es positivo no hay obligación de repago.

¿Qué es lo más novedoso de lo que están haciendo?

YZG: Además de llevar el modelo a lugares nuevos lo hicimos escalable. Desarrollamos un software, Case Miner, que revisa todas las demandas activas en el sistema judicial, las parametriza usando modelos de machine learning y las compara con otras anteriores para tratar de predecir cuándo van a terminar. Eso nos sirve como un gran filtro y nos permite llegar a demandas atractivas, porque además las partes se contactan directamente. Eso nos permite ser muy eficientes, ya vimos nueve millones de demandas en un año, algo que habría sido imposible de forma tradicional. El software básicamente nos dice hacia dónde mirar.

Las sentencias en Colombia pueden demorarse hasta 10 años en ser pagadas, especialmente las públicas. ¿Afecta su modelo de negocio?

YZG: Lo primero es que no necesariamente entramos desde el principio, el software nos permite identificar pleitos de 10 años para que nosotros entremos, por ejemplo, en el ocho.

FF: Justamente esa es la solución que ofrecemos. Muchas veces una empresa tiene un litigio de años y necesita obtener financiamiento, esta es una forma de obtener capital líquido y dar previsibilidad sobre ese flujo de caja futuro, que posiblemente no podría obtener ante un banco tradicional si carga un colateral de ese tamaño.
De hecho, nuestra cartera está constituida en gran parte de procesos contra Estados que en su mayoría están resueltos desde el punto de vista legal pero, por esa cuestión, el demandante necesita liquidez anticipada para financiarse y nos busca para obtener ese capital futuro.

¿Es decir, asumen el riesgo de esperar a cambio de un porcentaje de la condena?

YZG: Exacto, lo que hacemos es darle valor a algo que el mercado no evaluaba, como una condena contra el Estado por cobrar. Muchas veces las empresas ni tienen eso en su balance, entonces les permitimos capitalizarse con eso a cambio de un fee sobre el monto total.

lunes, 2 de enero de 2023

Evidencias digitales: significado, objetivo y tratamiento

Imagina que eres un funcionario público que investiga posibles impagos de impuestos. A tus manos llega una posible evasión fiscal. Crees que el sospechoso está desviando dinero a paraísos fiscales, pero ¿cómo lo hace?

Por sorpresa se realiza un registro en las oficinas del sospechoso así como en su casa. La policía incauta todos los dispositivos electrónicos, computadores y discos duros externos que encuentre para proceder a su análisis. Verificado el análisis de todos los dispositivos, tienes las respuestas que buscabas. El sospechoso es culpable, ahora solo necesitas presentar el informe definitivo ante el juez.

Las evidencias digitales son vitales en una gran parte de los juicios penales en la actualidad. La globalización y el uso de internet hace imprescindible el uso de esta técnica forense y de investigación para poder resolver muchos de los delitos que se dan hoy en día como estafas, homicidios o delitos.

Veamos a continuación qué son las evidencias digitales, cómo se recopilan y cómo pueden ayudar a aclarar casos complicados. Igualmente veremos herramientas que pueden ayudarle a preservar su seguridad y la de su empresa. Son aplicaciones seguras y jurídicamente aceptadas a nivel internacional con las que podrá estar tranquilo.

¿Qué son las evidencias digitales?

La evidencia digital es el conjunto de datos en formato digital (código binario), como archivos con contenido, metadatos, conexiones de tráfico en la red, discos duros, tarjetas o memorias USB que puedan ser utilizados por los tribunales para esclarecer unos hechos.

En otras palabras, la evidencia digital se refiere a informaciones registradas a través de elementos informáticos. Una evidencia digital:Suele estar oculta. Es similar a las huellas dactilares o el ADN que se dejan en la escena de un crimen.
Puede ser modificada, dañada o destruida de forma sencilla y a distancia.
Se trata de información muy sensible al paso del tiempo.
¿Cuál es el objetivo de las evidencias digitales?

La verdad, con los pasos adecuados y el rigor necesario puede salir a la luz a través de la prueba. La prueba dentro de los procesos judiciales es de vital importancia. A partir de esta, se confirma o se echa por tierra una hipótesis establecida.

La evidencia digital dentro de un juicio tiene gran relevancia puesto que se podrá probar ante los tribunales si una de las partes estaba en lo cierto o no. La información obtenida servirá para que los investigadores obtengan los conocimientos necesarios para resolver lo que están intentando demostrar y poder llevar a juicio a los responsables.

Con la constatación de una evidencia digital y probando su verosimilitud, se podrá condenar a los culpables y pedir la responsabilidad que les corresponda. Por tanto, el objetivo de la ciencia forense digital es recuperar datos y mensajes de un dispositivo electrónico para que puedan ser evaluados y obtener pruebas que aclaren los hechos denunciados.

Esto incluye la recuperación de archivos, imágenes, videos o cualquier otra cosa almacenada en el disco duro de la PC.
¿Cuál es la cadena de custodia de las evidencias digitales?

La cadena de custodia es un procedimiento documentado que debe garantizar la identidad, integridad y autenticidad de las pruebas digitales que se encuentren en relación con el delito. Este proceso se inicia desde el momento en que se descubren hasta el instante en que se presentan en un juicio.
Cómo recolectar evidencias digitales

Lo más significativo a la hora de recolectar cualquier tipo de prueba es preservar su integridad. En el caso de los medios digitales e informáticos, la volátil naturaleza de la información contenida en este tipo de dispositivos hace complicado conservar un contenido tan valioso sin correr el riesgo de romper la cadena de custodia de lo que haya sido recopilado y analizado.

La primera decisión que se debe tomar es cuántas evidencias digitales y de qué tipo se deben recopilar. Lo mejor sería tomar el mínimo indispensable para realizar una buena investigación. Si no fuese suficiente, reunir un poco más para intentar no dejar nada al azar. El hardware también es un elemento que la investigación debe tener en cuenta. Puede ser utilizado como herramienta para perpetrar un delito, como objetivo del mismo o incluso, llegar a ser el resultado.
Cómo preservar las evidencias digitales

Con el fin de recopilar y preservar eficazmente las evidencias de un delito informático, es necesario evaluar el sistema ya que pueden existir información de valor que igual no podrá recuperar si se ha llegado a manipular.

Por lo cual hay que tener en cuenta dos puntos claves para evaluar las evidencias digitales:La evidencia digital desaparece con el tiempo, ya sea por culpa del usuario o por la mera actividad informática del sistema o dispositivo.
Hay que tomar medidas antes de empezar la investigación puesto que se podría destruir información con gran facilidad.

Por último, se debe intentar, en la medida de lo posible, recopilar la información digital a través de herramientas protegidas y seguras. Los ciberdelincuentes están siempre al acecho, sobre todo, si se trata de eliminar pruebas que les involucran.

Usando este tipo de herramientas y programas se asegurará de que la evidencia recogida no ha sido modificada ni comprometida en modo alguno.

Análisis: Hacia una justicia digital y descentralizada
La importancia de las evidencias digitales en el derecho procesal

Imagina que durante una investigación se debe realizar una copia del disco duro del computador de un sospechoso.

El perito informático realiza la copia de todo el contenido del disco y sella la prueba.

Parece algo sencillo e invariable, ¿verdad? Pero cualquier investigador digital nos dejaría en evidencia:¿Se han tenido en cuenta los archivos temporales?
¿Hemos rastreado información que ha podido ser borrada?
¿Ha sufrido el disco duro alguna variación antes de la copia?
¿Se han utilizado herramientas que garanticen que no se altera la información del disco?
¿Garantizamos que la copia no ha sido infectada por un virus o malware?
¿Estamos seguros de que la copia del disco duro es fiel o puede haber sido alterada?

El análisis forense de las evidencias digitales es crítico y pueden existir muchas diferencias entre el análisis de un tecnólogo forense y la simple revisión de datos.

Los datos digitales contienen información útil para cualquier proceso judicial. Esto permite obtener más detalles sobre si alguien realizó o no una actividad ilegal. Por tanto, la cadena de custodia de la evidencia digital es clave para cualquier caso judicializado.
Recopilación de la evidencia

El proceso de recopilación de pruebas puede variar mucho en complejidad, por lo que es importante seguir un procedimiento establecido para cada caso.

De esta forma se evitarán errores y se documentará todo lo que ocurre a medida que avanza la investigación, incluidas las peculiaridades o sucesos inesperados que puedan surgir.
Almacenamiento de la información obtenida

Todo cambio que afecte la cadena de custodia debe estar reflejado en el documento correspondiente y firmado por los involucrados en dichos cambios.

El almacenamiento debe tener un registro perfecto, así como medidas de seguridad tanto físicas como de conservación porque la información contenida dentro de la evidencia es más que sensible.
Análisis de los datos

Es fundamental contar con un conjunto de procedimientos y técnicas que ayudarán a los analistas a extraer información relevante mientras protegen los derechos de privacidad individuales de las personas.
Recuperación de información

Las herramientas digitales permiten al investigador realizar multitud de acciones que pueden ayudar a presentar evidencias digitales que, de otra forma, no podrían descubrirse.

De este modo, se puede reconstruir información borrada, recuperar archivos temporales, acceder a determinadas partes de dispositivos o sistemas donde no se guarda información de forma habitual, seguir el rastro de documento eliminados, identificar programas que se hayan ejecutado o eliminado, rastrear el borrado de una parte del disco, buscar información oculta y extraer toda la no visible.
Presentación de la prueba

Todo este excesivo control a la hora de preservar las evidencias digitales solo tiene un fin, la presentación de las mismas como elemento probatorio en un proceso judicial.

Por tanto, la calidad del trabajo y la seguridad en la preservación de dichas evidencias es vital para utilizarla con el fin de poder demostrar la culpabilidad o no del sospechoso.
La importancia de las herramientas de evidencias digitales

El legaltech, como se conoce a los nuevos avances tecnológicos de aplicación jurídica según su terminología inglesa, está ganando cada vez más terreno a la hora de mejorar la gestión y eficiencia de las firmas de abogados.

Dentro de esta categoría existen las evidencias digitales. La función de las mismas es, entre otras, favorecer la contratación telemática, mejorar los traslados de las proposiciones de prueba entre las partes de un proceso, poder demostrar que un cliente aceptó los términos y condiciones contractuales u obtener validez jurídica de documentos.

Las herramientas de evidencias digitales resultan de máxima utilidad y son muy necesarias en tiempos actuales.

Muchos contratos se firman en la distancia, e incluso entre personas situadas en diferentes países. Las firmas y legalizaciones se han convertido en esenciales a la hora de verificar cualquier acuerdo. Dentro de estas herramientas destacan: AutenticSign, de Colombia, que permite firmar y autenticar documentos con plena validez jurídica.

Signatura, en Argentina, que genera firmas electrónicas y certificaciones con tecnología basada en blockchain.

FirmaYa, un software que se especializa en la firma de documentos notariales y contratos.

Como puede observar, contar con un software especializado y reconocido a nivel legal le permitirá tener seguridad ante cualquier posible evento que pueda suceder dentro de los contratos e inversiones que realice.

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